Familia

Ha fallecido un familiar

Qué trámites suelen aparecer tras el fallecimiento de un familiar: certificados, últimas voluntades, seguros y herencia.

Lo primeroEn los primeros días céntrate en la documentación de la defunción y conserva todos los justificantes. Las gestiones de últimas voluntades y seguros no pueden solicitarse hasta pasados 15 días hábiles.

En 30 segundos

En los primeros días céntrate en acreditar la defunción y recopilar documentación. Después, los certificados de últimas voluntades y de seguros de fallecimiento permiten saber si existe testamento y si había seguros asociados.

Justicia establece que tanto el certificado de Actos de Última Voluntad como el de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento no pueden solicitarse hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.

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Qué significa cada paso

  1. Obtén o localiza el certificado de defunción

    Es la base para numerosos trámites posteriores.

  2. Solicita el certificado de últimas voluntades

    Permite conocer si existe testamento y ante qué notario se otorgó.

  3. Solicita el certificado de seguros de fallecimiento

    Permite conocer contratos de seguro vigentes en los que la persona figuraba como asegurada.

  4. Localiza testamento o tramita la declaración de herederos

    El camino depende de si existe testamento.

  5. Inventaría bienes, deudas y contratos

    Cuentas, vivienda, vehículos, préstamos, suministros y otros contratos.

  6. Revisa obligaciones fiscales y plazos

    El Impuesto sobre Sucesiones tiene, con carácter general, un plazo de seis meses desde el fallecimiento. La solicitud de prórroga debe presentarse dentro de los cinco primeros meses. Revisa además la normativa autonómica y los tributos locales que puedan corresponder.

Documentos que conviene tener a mano

  • Certificado de defunción
  • Identificación de la persona solicitante
  • Certificados de últimas voluntades y seguros
  • Testamento, si existe
  • Documentación de bienes y deudas

Plazos que debes vigilar

Justicia indica que los certificados de últimas voluntades y de seguros de fallecimiento no pueden solicitarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento.

Para el Impuesto sobre Sucesiones, el plazo general de presentación es de seis meses desde el fallecimiento. La prórroga, cuando se solicite, debe pedirse dentro de los cinco primeros meses.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo pedir las últimas voluntades?

No antes de 15 días hábiles desde el fallecimiento.

¿Para qué sirve el certificado de seguros de fallecimiento?

Permite conocer los contratos de seguro vigentes en los que la persona fallecida figuraba como asegurada y que cubrían su fallecimiento.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar el Impuesto sobre Sucesiones?

Con carácter general, seis meses desde el fallecimiento. La prórroga debe solicitarse dentro de los cinco primeros meses; revisa además la gestión y normativa de la comunidad autónoma competente.

¿PasoListo puede decirme cómo repartir la herencia?

No. La distribución de una herencia depende del testamento, parentescos, régimen civil y otras circunstancias. La guía organiza trámites generales y remite a fuentes oficiales; para interpretar un caso concreto puede ser necesario asesoramiento profesional.

Fuentes oficiales

Usa estos enlaces para confirmar el detalle de tu caso y realizar los trámites.

Importante

Esta guía ofrece información general y organización práctica. No sustituye asesoramiento jurídico, fiscal, laboral o profesional individualizado cuando tu situación lo requiera.