Trabajo

Quiero hacerme autónomo

Pasos para iniciar una actividad por cuenta propia en España: alta censal, Seguridad Social y comprobaciones iniciales.

Lo primeroAntes de empezar la actividad debes revisar el alta censal en Hacienda y el alta en trabajo autónomo en la Seguridad Social.

En 30 segundos

Para empezar como autónomo debes coordinar al menos dos altas: la censal ante la Agencia Tributaria y el alta en trabajo autónomo ante la Seguridad Social. Ambas deben estar alineadas con la fecha real de inicio de la actividad.

Desde febrero de 2025 el modelo 037 está suprimido y las altas, modificaciones y bajas censales se canalizan mediante el modelo 036. El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos debe solicitarse antes del inicio de la actividad y puede tramitarse hasta 60 días naturales antes. Importass pide, entre otros datos, IAE, CNAE, fecha y domicilio de actividad, previsión de rendimientos, base de cotización, mutua y cuenta bancaria.

Tu checklist

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Qué significa cada paso

  1. Define tu actividad y fecha de inicio

    Determina qué actividad vas a realizar y desde qué fecha.

  2. Presenta el alta censal

    La AEAT utiliza el modelo 036; el modelo 037 fue suprimido en 2025.

  3. Date de alta en trabajo autónomo

    Solicita el alta antes de iniciar la actividad; puede tramitarse hasta 60 días naturales antes.

  4. Elige correctamente tus datos de cotización

    Revisa previsión de rendimientos, mutua y resto de datos solicitados por Importass.

  5. Organiza facturación e impuestos

    Prepara un sistema para facturas, gastos y obligaciones periódicas.

  6. Revisa licencias o requisitos sectoriales

    Algunas actividades necesitan trámites municipales, colegiación o autorizaciones específicas.

Documentos que conviene tener a mano

  • DNI/NIE y sistema de identificación electrónica
  • Datos de la actividad y domicilio
  • Cuenta bancaria
  • Información necesaria para el alta censal y en Seguridad Social

Plazos que debes vigilar

La AEAT indica que la declaración censal de alta debe presentarse antes de iniciar la actividad. En Seguridad Social, el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos debe solicitarse antes del inicio de la actividad y puede presentarse hasta 60 días naturales antes.

Preguntas frecuentes

¿Sigue existiendo el modelo 037?

No. La AEAT suprimió el modelo 037 desde el 3 de febrero de 2025; la gestión censal simplificada se integra en el modelo 036.

¿Cuándo tengo que presentar el alta censal?

La declaración de alta debe presentarse antes de iniciar la actividad o antes de que nazca la obligación de retener o ingresar a cuenta.

¿Cuándo debo darme de alta en la Seguridad Social?

El alta como trabajador autónomo debe solicitarse antes de iniciar la actividad y puede tramitarse hasta 60 días naturales antes.

¿Qué información necesito para el alta en Seguridad Social?

Importass solicita datos como IAE, CNAE, fecha y domicilio de actividad, previsión de rendimientos, base de cotización, mutua y cuenta bancaria, entre otros.

Fuentes oficiales

Usa estos enlaces para confirmar el detalle de tu caso y realizar los trámites.

Importante

Esta guía ofrece información general y organización práctica. No sustituye asesoramiento jurídico, fiscal, laboral o profesional individualizado cuando tu situación lo requiera.